El presupuesto se discute entre pocos, lo entienden algunos, pero nos afecta a todos. ¿Cuánta plata va a tener el Estado el próximo año? ¿Cuál es el origen de los recursos? ¿Quién gasta? ¿En qué se gasta? ¿Para qué se gasta? ¿Quién lo decide?

Glosario de términos legislativos

  • Audiencias públicas: Instancia de participación en el proceso de toma de decisión legislativa en el cual se invita a los actores interesados a expresar su opinión sobre el tema que se está discutiendo.
  • Dictamen: Documento emitido por una o varias comisiones proponiendo una decisión sobre una iniciativa sometida a su consideración. Los dictámenes pueden proponer a la Cámara aprobar o rechazar una iniciativa.
  • Mayorías especiales: Es cuando el recuento requiere de un número de votos específicos del total de los miembros.
  • Mayoría simple: Representa más de la mitad de los miembros presentes (en número suficiente para formar quórum).
  • Media sanción: Se dice que una iniciativa tiene media sanción cuando fue aprobada por una de las dos cámaras del Congreso: Diputados o Senado.
  • No vinculante: Que no es obligatorio ni condiciona de ninguna manera al Congreso.
  • Orden del día: El listado de proyectos a ser tratados en una determinada sesión.
  • Pleno: Reunión en la que se encuentran presentes los miembros que integran la Cámara con el objetivo de sesionar, deliberar y votar sobre los asuntos legislativos contenidos en la agenda del orden del día.
  • Promulgación: La “aprobación” de la ley por parte del Presidente de la Nación. Esto lo puede hacer por medio de un decreto o bien mediante la “promulgación de hecho”, ya que si el presidente no se pronuncia pasados diez días hábiles desde que se le comunicó la norma, ésta se promulga automáticamente. En ambos casos, la ley se publica luego en el Boletín Oficial y entra en vigencia en el plazo establecido.
  • Quórum: Número mínimo necesario para deliberar o tomar decisiones.
  • Sesiones de tablas: Reunión de una de las cámaras. La particularidad es que el temario en estas sesiones es acordado en una votación entre todos los presidentes de bloques.
  • Sesiones especiales: Aquellas que se celebran a pedido de los/as legisladores/as fuera de los días y horarios fijados para las sesiones de tablas.
  • Sesiones extraordinarias: Finalizado el período ordinario de sesiones, las Cámaras pueden continuar con el ejercicio de sus funciones, a partir del desarrollo de sesiones extraordinarias.
  • Sesiones ordinarias: Desde el 1° de marzo al 30 de noviembre de cada año.
  • Tratamiento sobre tablas: Procedimiento abreviado del trámite legislativo para que un proyecto pueda ser considerado en sesión sin dictamen.
  • Veto: Una atribución del Poder Ejecutivo a través de la cual puede rechazar total o parcialmente los proyectos de ley sancionados por el Poder Legislativo.

Glosario de términos presupuestarios

  • Actividades: Categoría utilizada en la técnica presupuestaria que designa las acciones requeridas para lograr productos intermedios, necesarios para el logro de los resultados finales del subprograma y programa del que forma parte.
  • Administración Central: Engloba a las instituciones de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial junto con el Ministerio Público.
  • Anteproyecto de presupuesto: Una estimación preliminar de la cantidad de dinero (gastos) que planea utilizarse el año entrante y de la cantidad de ingresos que se planea percibir.
  • Comisión de Presupuesto y Hacienda: Las comisiones legislativas son órganos de asesoramiento existentes en ambas Cámaras del Congreso de la Nación. Están integradas por legisladores, asesores y personal de planta (empleados no funcionarios). Su función es estudiar los proyectos de ley respecto de un tema en particular y producir dictámenes sobre los mismos. Las comisiones pueden ser permanentes o especiales, conformadas para casos concretos.
  • Cuotas presupuestarias: Cuotas dinero para ejecutar, que orientan la ejecución del presupuesto en función de los recursos esperados.
  • Ejercicio: es el período de doce meses en el que se ejecuta el presupuesto. Coincide con el año calendario.
  • Gastos: El gasto público consiste en el desembolso o empleo de dinero que realiza el Estado para comprar bienes y servicios, realizar pagos y transferencias, para atender las necesidades públicas. El gasto público se puede clasificar como “corriente” (cuando se destinan para el funcionamiento normal del aparato estatal), o “de capital” (cuando contribuye a aumentar el patrimonio del Estado).
  • Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación Argentina: Es una oficina técnica de análisis fiscal que produce informes abiertos a la ciudadanía. Brinda soporte a los legisladores para profundizar la comprensión de temas que involucren recursos públicos, democratizando el conocimiento y la toma de decisiones.
  • Programa: Categoría que se utiliza como unidad básica de asignación presupuestaria. Engloba al conjunto organizado de medios requeridos para satisfacer los objetivos y metas dentro de la política presupuestaria de cada organismo público. Se divide en subprogramas y actividades.
  • Reasignaciones presupuestarias: Las modificaciones que se realizan en la distribución prevista en la Ley de Presupuesto. Se quitan fondos de un programa/subprograma/actividad y para ser asignados a otro.
  • Recursos: Los recursos públicos son los ingresos que percibe el Estado de cualquier naturaleza (impuestos, tasas, contribuciones, venta de bienes, endeudamiento, etc.) que tengan como finalidad financiar los gastos públicos.
  • Subprograma: En la técnica presupuestaria, es la categoría utilizada en la que se desagregan los “Programas” y permite ordenar y agrupar las actividades y obras que se requieren para alcanzar el objetivo del programa del que forma parte.